Revisa gratis tu causa
Inicio › Guías

¿Qué es la liquidación voluntaria de la Ley 20.720?

Equipo jurídico de FrenaEmbargo · Actualizado el 3 de octubre de 2026
Respuesta cortaEs un procedimiento judicial en que una persona o empresa que no puede pagar sus deudas pide al tribunal que se liquiden sus bienes embargables para pagar a los acreedores hasta donde alcance. Mientras dura, los juicios ejecutivos individuales se suspenden y se acumulan; al terminar, los saldos que no se pagaron se extinguen, con las excepciones que señala la ley.

Para quién es

Para quien tiene más deudas de las que puede pagar y no ve salida negociando una por una. La pueden pedir personas naturales y empresas. No exige tener bienes: muchas liquidaciones de personas se tramitan con pocos o ningún bien.

Qué pasa con los juicios y los embargos

Desde la resolución de liquidación, los acreedores no pueden iniciar ni seguir ejecuciones individuales contra el deudor: los juicios pendientes se acumulan al procedimiento concursal y los embargos pasan a ser administrados por el liquidador. Los acreedores hipotecarios y prendarios tienen reglas propias.

Revisa tu caso ahora, sin costo

Con el ROL y el tribunal te mostramos en qué está tu causa y qué viene, explicado en simple. No pedimos claves. Y si prefieres que un abogado lo mire contigo, escríbenos: la evaluación no tiene costo.

Qué se vende y qué no

El liquidador incauta y vende los bienes embargables. Los inembargables (muebles de uso familiar, remuneraciones dentro de los límites legales, herramientas de trabajo) quedan fuera. Si tienes una propiedad o un vehículo, lo normal es que se vendan.

Cómo termina

Con la resolución de término se extinguen los saldos insolutos de las deudas anteriores al procedimiento, y el deudor queda rehabilitado. La ley excluye algunas obligaciones, como las pensiones de alimentos. No es un trámite gratuito ni instantáneo: hay honorarios, plazos y requisitos documentales.

¿Y la renegociación?

La renegociación ante la Superintendencia es otra vía, administrativa y sin venta forzada de bienes, pero tiene requisitos: entre ellos, no haber sido notificado de una demanda de liquidación ni de un juicio ejecutivo que no sea laboral. Por eso, si ya te notificaron un ejecutivo, en general esa puerta está cerrada.

Preguntas frecuentes

¿Quedo en DICOM después?

Las deudas extinguidas por el término del procedimiento dejan de ser exigibles. Cómo se refleja en los informes comerciales depende de las reglas de publicación de datos.

¿Pierdo mi casa?

Si la propiedad es embargable, forma parte de los bienes a liquidar. Si está hipotecada, el acreedor hipotecario se paga con ella. Hay que evaluarlo antes de iniciar.

¿Se puede pedir con un juicio ejecutivo en curso?

Sí. De hecho, uno de sus efectos es suspender las ejecuciones individuales y acumularlas.

Otras guías

Esta guía es información general y no reemplaza la revisión de tu caso por un abogado: los plazos y las defensas dependen de lo que conste en tu expediente.