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Me notificaron una demanda ejecutiva: ¿qué hago?

Equipo jurídico de FrenaEmbargo · Actualizado el 3 de octubre de 2026
Respuesta cortaTienes un plazo muy corto para defenderte: ocho días hábiles desde que te requieren de pago, si eso ocurre dentro del territorio del tribunal. La defensa se hace oponiendo excepciones por escrito y con abogado. Si no presentas nada, el juicio sigue directo al embargo y al remate sin más discusión.

Qué es lo que te llegó

Un juicio ejecutivo es el procedimiento que usa un acreedor (un banco, una casa comercial, una cooperativa) cuando tiene un documento que la ley considera prueba suficiente de la deuda: un pagaré, una escritura pública, una letra de cambio. Por eso es rápido: el tribunal no discute primero si debes, sino que ordena de inmediato que te requieran de pago y que se embarguen bienes.

Lo que recibiste normalmente son dos cosas: la notificación de la demanda y el requerimiento de pago. Desde el requerimiento empieza a correr tu plazo.

Los primeros pasos, en orden

  1. Anota la fecha exacta en que te notificaron o requirieron, el tribunal y el ROL de la causa (letra, número y año, por ejemplo C-1234-2026).
  2. Guarda todos los papeles que te dejó el receptor, sin escribir sobre ellos.
  3. No firmes acuerdos de pago ni reconozcas la deuda por teléfono o por escrito antes de que alguien revise el caso: un reconocimiento puede hacerte perder defensas, como la prescripción.
  4. Haz que un abogado revise el título y la notificación dentro de los primeros días, no al final del plazo.

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Con el ROL y el tribunal te mostramos en qué está tu causa y qué viene, explicado en simple. No pedimos claves. Y si prefieres que un abogado lo mire contigo, escríbenos: la evaluación no tiene costo.

Qué defensas existen

En el juicio ejecutivo no se puede alegar cualquier cosa: la ley enumera las excepciones que se pueden oponer. Las que más se usan son la prescripción de la deuda o de la acción ejecutiva, el pago total o parcial, la falta de requisitos del título para tener fuerza ejecutiva y los defectos de la notificación. Todas deben presentarse juntas, en un mismo escrito y dentro del plazo.

Qué pasa si no haces nada

Si no opones excepciones dentro del plazo, la ley no exige siquiera que se dicte sentencia: el mandamiento de ejecución basta para seguir adelante hasta el pago. En la práctica eso significa embargo, retiro de bienes y remate. Todavía quedan gestiones posibles después, pero son menos y más difíciles.

Preguntas frecuentes

¿Puedo defenderme sin abogado?

No. En un juicio ejecutivo ante un juzgado civil las excepciones deben presentarse con patrocinio de abogado.

¿Sirve llamar al banco para pedir más plazo?

Puedes negociar, pero la negociación no detiene el plazo del tribunal. Si el plazo vence mientras conversas, pierdes la oportunidad de oponer excepciones.

Me notificaron en una dirección donde ya no vivo, ¿vale?

Depende de cómo se hizo y de lo que certificó el receptor. Una notificación mal practicada puede reclamarse, pero hay que revisar el expediente para saberlo.

Otras guías

Esta guía es información general y no reemplaza la revisión de tu caso por un abogado: los plazos y las defensas dependen de lo que conste en tu expediente.