¿Cuántos días tengo para defenderme en un juicio ejecutivo?
La regla general
El Código de Procedimiento Civil dice que si el deudor es requerido de pago en el territorio jurisdiccional del tribunal en que se interpuso la demanda, tiene ocho días útiles para oponerse a la ejecución. Hasta 2021 la ley distinguía entre cuatro y ocho días según la comuna; esa distinción ya no existe en el texto vigente.
Cómo se cuentan
- Son días hábiles: de lunes a sábado, sin domingos ni festivos.
- El plazo corre desde el requerimiento de pago, no desde que hablas con un abogado ni desde que lees los papeles.
- Si no te encontraron y te dejaron una citación para requerirte en un día y hora determinados, el plazo corre desde ese día aunque no vayas.
- Es un plazo fatal: no se suspende por negociar con el acreedor y no se amplía por pedirlo.
Revisa tu caso ahora, sin costo
Con el ROL y el tribunal te mostramos en qué está tu causa y qué viene, explicado en simple. No pedimos claves. Y si prefieres que un abogado lo mire contigo, escríbenos: la evaluación no tiene costo.
Si te requieren en otra ciudad
Cuando el requerimiento se hace fuera del territorio del tribunal (por exhorto), la ley permite oponerse ante el tribunal que lo practicó o ante el que conoce el juicio, y en este último caso al plazo se le suman los días de la tabla de emplazamiento. Como el cálculo depende del lugar y del tribunal, no conviene hacerlo por cuenta propia.
Lo que vemos en la práctica
El error más frecuente no es desconocer el plazo, sino gastarlo: la persona pasa los primeros días intentando hablar con el banco y llega donde un abogado con uno o dos días disponibles. Preparar bien las excepciones exige leer el título, la liquidación de la deuda y las actuaciones del receptor, y eso toma tiempo.
Preguntas frecuentes
¿El sábado cuenta?
Sí. Para los plazos del Código de Procedimiento Civil el sábado es día hábil; no cuentan los domingos ni los festivos.
Ya pasó el plazo, ¿perdí todo?
Perdiste la oportunidad de oponer excepciones, pero puede haber otras gestiones: revisar si la notificación fue válida, reclamar bienes inembargables o evaluar un procedimiento concursal. Hay que mirar el expediente.
¿Desde cuándo corre si me notificaron por debajo de la puerta?
Depende de lo que dejó el receptor y de lo que certificó en el expediente. Con el ROL de la causa se puede ver la fecha exacta de cada actuación.
Base legal
Otras guías
Esta guía es información general y no reemplaza la revisión de tu caso por un abogado: los plazos y las defensas dependen de lo que conste en tu expediente.